Green Card: ¿Qué personas no pueden patrocinarte para obtener la residencia permanente en EEUU?
¿Alguien te ofreció un permiso para residir en Estados Unidos? Ten cuidado, puede que se trate de una estafa.

Existe la creencia de que cualquier integrante de tu familia con ciudadanía en Estados Unidos puede facilitar el trámite de tu Green Card. Pero la certeza de esta afirmación se deshace demasiado rápido a la hora de comprobar las leyes y autorizaciones habilitadas.
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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) establece regulaciones que permiten a familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes obtener su Green Card. Este proceso facilita la reunificación familiar y ofrece a los beneficiarios la oportunidad de vivir y trabajar legalmente en Estados Unidos.

¡Pero cuidado! No todos tus familiares tienen el poder de darte una ciudadanía inmediata. Para aquellos con dudas, existe una lista que explica a detalle aquellos lazos que no son contemplados por USCIS a la hora de establecerte dentro de Estados Unidos.
Personas que no pueden habilitar tu ciudadanía
Estas son las personas que no pueden colaborar a la hora de tramitar tu Green Card:
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- Abuelos, tíos, primos o sobrinos: Por más cariño que exista, la ley migratoria de Estados Unidos solo reconoce ciertos vínculos familiares para el patrocinio. Lamentablemente, los abuelos, nietos, tíos, tías, primos o sobrinos no están en la lista de familiares elegibles para solicitar la residencia por ti.
- Padres o hijos adoptivos sin cumplir los requisitos legales: Para que una adopción sea válida a efectos migratorios, debe haberse completado antes de que el menor cumpla 16 años (o 18, si fue una adopción conjunta). Además, deben haber vivido juntos por al menos dos años. Si no se cumplen estos requisitos, no se puede hacer el patrocinio.
- Parejas no casadas o matrimonios no reconocidos legalmente: Si solo viven juntos sin haberse casado legalmente, no pueden patrocinarte. También queda fuera cualquier matrimonio que no sea reconocido por la ley del lugar donde se celebró, incluso si ustedes lo consideran válido.

- Hijastros o padrastros sin vínculo legal completo: Para que un padrastro o hijastro pueda patrocinar, la relación debe haberse establecido antes de que el hijo cumpla 18 años. Si esa conexión legal no existe desde entonces, no será posible hacer el proceso.
- Patrocinadores sin suficiente solvencia económica: Incluso si existe una relación familiar válida, el patrocinador debe demostrar que tiene ingresos suficientes para mantener al solicitante. Esto se hace mediante el Formulario I-864, que exige cumplir con ciertos ingresos mínimos según el tamaño del hogar. Si no pueden cumplir con ese requisito, el patrocinio será rechazado.
¿Quiénes sí pueden habilitar tu Green Card?
Los únicos que pueden habilitar una ciudadanía inmediata dentro de Estados Unidos son cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres. En este último caso, solo si el aspirante a la Green Card ha cumplido los 18 años de edad. Recuerda que debes comprobar tus relaciones familiares en tus solicitudes de ciudadanía.
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